martes, 9 de octubre de 2007

Los autónomos tendrán derecho al paro en 2009 si cotizan unos 30 euros más

MADRID.- Los autónomos dispondrán de un colchón económico si se ven obligados a cerrar su negocio. El nuevo estatuto, que entra en vigor esta semana, reconoce el derecho a la prestación por desempleo, demanda histórica de un sector compuesto por más de tres millones de personas. Para ello habrá que cotizar más (unos 30 euros al mes, según las primeras estimaciones) y esperar al menos hasta 2009 para recibir las primeras prestaciones. El texto regula una figura hasta ahora en la sombra: la del autónomo dependiente, que trabaja para una sola empresa, pero cotiza por su cuenta, cuenta "El País".

Los autónomos constituyen un colectivo disperso y heterogéneo que a partir del próximo viernes contará con un marco de derechos y deberes. La incógnita es si estarán dispuestos a pagar algo más por mejores prestaciones.

- Paro. El fracaso de un negocio no tiene por qué suponer la pérdida total de ingresos para el autónomo. Un grupo de expertos encargado por el Ministerio de Trabajo estudia ya cómo implantar la prestación por desempleo sin que se disloquen las cuentas del sistema público. Los autónomos tendrían que elevar su cotización mensual una media de unos 30 euros al mes, según los primeros cálculos. Y mantener ese nivel durante al menos un año, al igual que los trabajadores por cuenta ajena. "Nos gustaría que la propuesta estuviera cerrada en el segundo semestre de 2008", explica Juan José Barrera, director general del Trabajo Autónomo del ministerio. En otras palabras, la medida no se aplicará hasta 2009.

- Autónomos dependientes. Esta paradoja encierra una realidad que se ha multiplicado en los últimos años: la de los trabajadores que cotizan por cuenta propia pero están vinculados a una sola empresa. En la actualidad constituyen casi 10 de cada 100 autónomos. En muchos casos, se trata de asalariados encubiertos, a los que la empresa da de alta como autónomos para ahorrar costes. Con el fin de proteger más a ese colectivo (autónomos cuyos ingresos dependen en un 75% de una empresa), se obliga a esa compañía a firmar un contrato en el que se fijen las condiciones de trabajo.

Tendrán derecho al menos a 18 días hábiles de vacaciones al año y a organizar su jornada. En caso de litigios, el autónomo podrá acudir a los juzgados de lo social, más rápidos y favorables al trabajador que los de lo civil o lo mercantil. "A partir del día 12 ya podrán hacerlo", explica Lorenzo Amor, presidente de ATA, una de las asociaciones de autónomos más representativas. Y serán indemnizados si la empresa prescinde de ellos sin causa justificada. La Inspección de Trabajo no tendrá competencias, al menos de momento. Aunque el modelo de contrato tardará en definirse, el autónomo podrá pedir a la empresa con la que trabaje que le aplique ya las novedades.

- Enfermedad y accidentes. Con el estatuto, todos los autónomos deberán cotizar para estar cubiertos por enfermedad (hasta ahora era voluntario). Será también obligatorio el pago por accidentes laborales para autónomos dependientes y para las ocupaciones que entrañen especial riesgo.

- Más incentivos. Pagarán menos a la Seguridad Social los menores de 30 años (35 en el caso de las mujeres), los que tengan pluriactividad y coticen ya por el máximo y los vendedores ambulantes.

- Maternidad y embarazo. Las madres y padres podrán disfrutar del permiso remunerado en más supuestos que los actuales. Hasta ahora, había que acreditar una cotización mínima de 180 días. Con la nueva regulación se podrá cobrar con menos tiempo trabajado siempre que se eleve el pago a la Seguridad Social.

Los autónomos podrán contratar a sus hijos menores de 30 años, un límite de edad que rige sólo para el primer contrato; una vez en nómina, podrán seguir como asalariados aunque superen los 30.

Este nuevo derecho pone fin a una antigua reivindicación del sector, que en buena parte se nutre de la familia para sacar adelante el negocio. Hasta ahora, los familiares tenían que registrarse también como autónomos. El objetivo de esas restricciones era evitar que un autónomo diese de alta a sus hijos sin que éstos trabajasen con el único fin de comprar una prestación por desempleo o generar derechos de pensión.

Para evitar el fraude, aun a riesgo de recortar beneficios, la norma restringe a algunos hijos el derecho a cobrar el paro. Sólo podrán acceder a él, en caso de necesitarlo, los descendientes que vivan fuera del hogar y demuestren su independencia económica. Si viven en casa, no tendrán derecho a desempleo.

En los contratos a familiares, los autónomos han ganado sólo media batalla. El sector demandaba que se pudiera emplear también a los cónyuges, un aspecto que ha quedado descartado en la actual regulación. De momento, seguirán como autónomos.

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