miércoles, 7 de noviembre de 2007

El juez valida la licencia municipal para 440 viviendas en los acantilados de Aguadulce, Almería

ALMERÍA.- El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Almería ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra la licencia de obra concedida a la mercantil Almeragua S.L. para la construcción de 440 viviendas plurifamiliares en los acantilados de Aguadulce (Roquetas de Mar, Almería).

El auto del magistrado Jesús Rivera sostiene en los fundamentos de derecho, según lo remitido ayer por el Ayuntamiento roquetero en una nota, que del trámite municipal no deriva que el permiso "contravenga" el planeamiento en su aplicación pese a que la Administración autonómica señalaba como irregularidad el cambio de un 60% de la edificación de unifamiliar a plurifamiliar.

El juez asegura que, del examen del expediente administrativo y de la documentación aportada por ambas partes, se deduce que la decisión de la "propia empresa" de ejecutar menos obra de la permitida en el Plan Parcial "nunca puede constituir infracción alguna".

Otro de los fundamentos que refuerzan la desestimación del recurso de la Junta de Andalucía, según el auto, es la validez del cambio de los usos para la zona contenidos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Roquetas de Mar, tal y como se recoge en la citada herramienta de planeamiento.

En concreto, el titular de lo contencioso-administrativo número dos cita la "diáfana forma" en que esta especificación aparece contenida en el PGOU, que dispone que los Planes Parciales "podrán configurar condiciones particulares de usos y ordenanzas de edificación distintas a las previstas en el Programa de Actuación a través de sus ordenanzas específicas.

El juez Rivera ya desestimó en octubre de 2006 la concesión de la medida cautelar de suspensión de obras y desmonte en el acceso Este a Aguadulce al entender que no existía "prevalencia de un interés general de la Administración autonómica sobre el de la corporación local de Roquetas de Mar".

En el mismo auto advirtió que la licencia para la construcción de sótanos, garajes, locales y 440 viviendas plurifamiliares en los acantilados de Aguadulce se otorgó como "desarrollo de un plan parcial aprobado definitivamente en noviembre de 2002" que no consta que fuese impugnado en aquel momento por la Junta de Andalucía por lo que, según subrayó, no tendría sentido la impugnación del acto por el que el Ayuntamiento concedió la licencia a Almeragua S.L.

La Consejería de Obras Públicas interpuso recurso contencioso-administrativo contra el permiso concedido en pleno el día 10 de abril de 2006 para la construcción de locales, sótanos, garajes y 440 viviendas en los acantilados de Aguadulce al entender que el Plan Parcial se aprobó sin los preceptivos informes de la administración autonómica.

Los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía argumentaron, además, que el 60 por ciento de casas pasaron de ser plurifamiliares a unifamiliares y que el sistema general de espacios libre se había ubicado en zonas que calificó "de difícil uso".

Alegaba, además, un posible incumplimiento de la Ley de Costas al invadir la zona de servidumbre pública del dominio marítimo-terrestre.- (Agencias)

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