jueves, 22 de noviembre de 2007

La REAF pide "limitar" el gravamen por AJD para evitar que encarezca el precio final de la vivienda

MADRID.- El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas de España, apostó por "limitar" la tributación por Actos Jurídicos Documentados (AJD) con el fin de contener el precio de la vivienda en propiedad, ya que, al llegar a pagarse hasta siete veces durante la promoción y venta de un inmueble, produce un "efecto cascada" que encarece la vivienda.

Además, la organización denunció el "agravante" de que casi la totalidad de las comunidades autónomas han incrementado este tributo hasta un 100% desde el año 2001, pasando de un tipo impositivo del 0,5% al 1% en 2007.

En este sentido, en su estudio 'Costes fiscales asociados a la adquisición, uso y alquiler de viviendas' la REAF pide, más allá de la limitación del tributo, que las comunidades autónomas "terminen con una utilización de su capacidad normativa, que es perniciosa".

Además, según señaló el presidente del REAF, Jesús Sanmartín, durante la presentación del estudio, este impuesto puede explicar hasta una cuarta parte del "significativo" coste que supone la tributación en el precio final de la vivienda en propiedad. El conjunto de estos impuesto llega a suponer el 17% de la vivienda, mientras que para el promotor este porcentaje asciende al 21,6%.

De estos tributos, un 37,6% es recaudado por el Estado (solamente a través del IVA), un 35,5% por las comunidades autónomas, y un 26,8% por las administraciones locales.

Con todo, la vivienda en propiedad cuenta con una fiscalidad "bastante beneficiosa" frente a la segunda vivienda, especialmente si se adquiere para destinarla al alquiler, ya que sólo tributa por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y, salvo en viviendas muy grandes, no tributa por el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), al tiempo que el propietario se beneficia de la correspondiente deducción en el IRPF.

En el caso de la segunda vivienda, el propietario de una residencia estándar puede llegar a soportar un coste fiscal anual de más de 1.500 euros por el pago del IP o la imputación de una renta estimada en el caso del IRPF.

En el caso del alquiler, el estudio destaca el "notable esfuerzo" realizado en los últimos años para incentivar fiscalmente la puesta en el mercado del alquiler de viviendas vacías, a través, principalmente, de la aportación de una mayor flexibilidad en la deducción de gasto del IRPF (50% en general) y el establecimiento de porcentajes de reducción de las rentas netas (100% si el inquilino tiene menos de 35 años).

En el caso del inquilino, desde la REAF se destaca que, salvo en algunas comunidades autónomas, éste no cuenta con ninguna ventaja tributaria. Además, la organización considera el impacto de la deducción por alquiler que el Gobierno ha recuperado para equipararlo fiscalmente a la compra "será muy limitado".

En su opinión, su carácter progresivo para rentas desde 12.000 euros hasta los 24.000 euros hará que, en la práctica, sólo beneficie plenamente a las rentas más bajas, que difícilmente soportan rentas de alquiler. Así, especificaron que si para las rentas de 18.000 euros la base de deducción se situaría en los 4.500 euros, para las de 24.000 esta deducción prácticamente desaparecerá.

Por otro lado, el Registro de Economistas apuntó que sería "razonable" estudiar la regulación de los REITs (sociedades de gestión inmobiliaria que cotizan en bolsa en España), figura que podría atraer capitales al sector e incrementar el parque de vivienda en alquiler.

La REAF se sumó así al interés mostrado desde el Ministerio de Vivienda por impulsar la presencia de estas sociedades de gestión en España. "Es muy probable que en un futuro cercano se regulen estas entidades, lo cual puede ayudar a revitalizar el sector", apostilló.- (Agencias)

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