jueves, 8 de noviembre de 2007

Llanera presenta un ERE para tres de sus empresas que afecta al 72% de sus trabajadores

VALENCIA.- Llanera presentó hoy ante el juzgado de lo mercantil número 2 de Valencia una solicitud de expediente de regulación de empleo (ERE) para tres de las seis empresas del grupo inmobiliario sometidas a concurso de acreedores, informó hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

El ERE afecta a 236 de los 328 trabajadores que suman las tres empresas afectadas por la regulación de empleo (Llanera Construcción, Llanera Urbanismo Inmobiliaria y Llanera), lo que supone el 72% del total de las plantillas.

En el caso de Llanera Construcciones, la solicitud de ERE viene acompañada de un acuerdo entre los administradores concursales y los representantes elegidos por los trabajadores, lo que supone que el magistrado podrá resolver en un plazo mucho más breve el caso, ya que se elude el trámite de consultas entre las partes previsto por la Ley Concursal, que no superará los 30 días por la dimensión de la empresa. No obstante, ahora falta el preceptivo informe de la autoridad laboral antes de que el magistrado resuelva.

Llanera Construcciones es la empresa del grupo que mayor número de trabajadores tiene en plantilla en estos momentos, con 175, y el ERE se extiende a un total de 156 (el 89% del total).

El acuerdo de indemnización alcanzado por los administradores concursales y los trabajadores es de 25 días por año trabajado, y hasta un máximo de 12 mensualidades, según indicaron las mismas fuentes.

En el caso de Llanera Urbanismo Inmobiliaria, la propuesta de la empresa es extinguir 46 de los 74 contratos indefinidos que tiene en estos momentos, por lo que su plantilla quedaría reducida a 19 trabajadores.

Por lo que respecta a Llanera, la propuesta empresarial es de resolver 34 de los 79 contratos vigentes, dejando una plantilla de 45 trabajadores.

En estos dos últimos casos, el juzgado de lo mercantil número 2 tiene que abrir el período de consultas a las partes --administración concursal y representantes de los trabajadores-- para que intenten llegar a un acuerdo. Cuando se alcance, debe ser informado por la autoridad laboral antes de que resuelva el magistrado.- (Agencias)
(Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana)

No hay comentarios:

Publicar un comentario