lunes, 3 de diciembre de 2007

El Supremo ratifica el archivo de la causa contra Emilio Botín

MADRID.- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido no reabrir el caso de las cesiones de crédito contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, otros tres directivos de la entidad y 20 clientes que compraron el producto financiero comercializado en los años 80.

El argumento para cerrar la causa hace un año fue que era imposible abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular. Con la decisión adoptada hoy por el alto tribunal ese argumento se mantiene y ahora podría aplicarse también al caso del lehedakari Ibarretxe, imputado por reunirse con Batasuna.

Los 15 magistrados del pleno ha determinado que fue procedente el archivo de la causa dictado en diciembre de 2006 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y que determinó la imposibilidad de "abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular", según el contenido del auto de resolución.

El Supremo había aceptado tramitar el recurso de casación presentado por la acusación particular ejercida por la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) -ligada a Rafael Pérez Escolar, condenado por el 'caso Banesto' que falleció el pasado mes de septiembre- después de que la Audiencia Nacional determinara que carecía de legitimidad para decretar la apertura de juicio oral. ADIC pedía 180 años de prisión para Botín.

La decisión anticipa el cierre del 'caso Ibarretxe'

La decisión de hoy se ajusta a lo que mantenía la Fiscalía de la Audiencia. Representada por el fiscal Vicente González Mota, había pedido en 14 ocasiones el archivo de las actuaciones de los responsables de la entidad. La Abogacía del Estado se pronunció en los mismos términos en siete ocasiones.

Las cesiones de crédito fue un producto financiero comercializado por el Santander entre 1987 y 1989. La Fiscalía investigó más de 47.240 operaciones con unos 3.500 titulares por un importe superior a los 2.600 millones de euros a través de las que los clientes podrían haber cometido un supuesto delito fiscal.

Esta decisión del Supremo va a ser determinante para fijar el papel de las acusaciones populares en los procesos judiciales que se tramiten por el procedimiento abreviado, alrededor del 95% en España.

La decisión afectará a proceso que sigue el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco contra el lendakari, Juan José Ibarretxe, por reunirse con ETA o el del 'caso del ácido bórico' que tramita la Audiencia Provincial de Madrid.

Aceptado el archivo de la causa contra Botín por el Supremo, las querellas de asociaciones como el Foro de Ermua, Dignidad y Justicia o Manos Limpias no podrá prosperar sin afectados directos, según fuentes judiciales.- (Agencias)

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