viernes, 4 de abril de 2008

La CE anima a los consumidores a reclamar por los pactos para encarecer los alimentos

BRUSELAS.- La Comisión Europea propuso un plan para animar a los consumidores y a las pymes afectados por los pactos de precios entre empresas o por abusos de posición dominante, a que presenten ante los tribunales nacionales demandas por daños y perjuicios, al considerar que ello tendría un importante efecto disuasorio para las compañías que participan en estos acuerdos ilegales.

La comisaria de Competencia, Neelie Kroes, destacó que consumidores y pequeñas empresas pierden actualmente «miles de millones de euros cada año» por culpa de las infracciones a las reglas comunitarias en materia de competencia.

«Estas víctimas tienen derecho a ser indemnizadas mediante un sistema eficaz que complete la acción de los poderes públicos en este dominio», subrayó Kroes, que dejó claro no obstante que hay que «evitar los excesos potenciales del sistema vigente en Estados Unidos».

Bruselas considera que en estos momentos hay «graves obstáculos» en la mayoría de los Estados miembros de la UE que disuaden a los consumidores y a las empresas de reclamar indemnizaciones ante los tribunales por infracciones a las reglas sobre cárteles y abuso de posición dominante.

Por ello, su plan incluye sugerencias para que estas demandas presentadas por las víctimas sean más eficaces, garantizando al mismo tiempo el respeto por las tradiciones y los sistemas legales europeos, y con salvaguardas para evitar abusos de litigación.

El modelo, propuesto por el Ejecutivo comunitario en un Libro Blanco, reposa sobre el principio de una indemnización única por los daños sufridos, en lugar de penas que dupliquen o tripliquen el importe de los daños que alega el demandante.

Ello significa una reparación total del perjuicio sufrido, que abarcaría no sólo los aumentos indebidos de precios sino también lo que no se ha ganado por la disminución de las ventas. La reparación incluye también el derecho a percibir intereses.

Bruselas propone que los consumidores y las pymes puedan presentar demandas colectivas de indemnización para facilitar su acceso a la justicia. No obstante, incluye una serie de salvaguardas para evitar que estas acciones colectivas desemboquen en peticiones de indemnización infundadas.

En este sentido, la Comisión recomienda que sólo se autoricen las demandas colectivas llevadas a cabo por un grupo identificado, como asociaciones de consumidores o sindicatos, y aquellas en las que las víctimas decidan expresamente unir sus fuerzas. En cambio, no se aceptarían las acciones presentadas por un gabinete de abogados a favor de un número indeterminado de demandantes.

Para que los jueces tengan una visión completa de un litigio, no se debe autorizar que las partes conserven para su uso exclusivo las pruebas pertinentes. En todo caso, para evitar retrasos y gastos ligados a nuevos procedimientos, Bruselas recomienda, como ya ocurre ahora con sus dictámenes, que se consideren las decisiones definitivas de las autoridades de competencia de los Estados miembros en materia de infracciones como pruebas suficientes en las causas.

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