martes, 22 de abril de 2008

Siniestro total / Luis Ignacio Parada

El viernes pasado murieron en accidente laboral en España cuatro trabajadores en sólo seis horas. En vista de lo cual el Ministerio de Trabajo se apresuró a divulgar que la siniestralidad laboral ha crecido sólo un 1,6% entre enero y febrero. Durante estos dos primeros meses han muerto 165 personas un 5,8% con respecto al mismo periodo de 2007, mientras que las muertes in itinere, en trayectos de casa al trabajo y viceversa fueron 46, con una reducción de un 16,4%.

Alguien debe de estar muy satisfecho de que entre enero y febrero se hayan producido “sólo” 283.831 accidentes laborales de los que 172.160 necesitaron baja, además de 3.569 enfermedades profesionales, un 50% más que en el mismo periodo del año pasado.

Las estadísticas oficiales dicen que la tasa de siniestralidad laboral en España es de 5,8 fallecidos por cada 100.000 trabajadores y que eso es “sólo” un 30% más que la media de la Unión Europea de los 15. Pero ocultan que el 20,4 por ciento de los 4,7 millones accidentes laborales que se producen en Europa ocurren en España según datos de Eurostat.

Y que cada año pierden la vida en España más de 1.200 personas, más de cuatro por día laborable, y que eso equivale a 82 accidentes por cada 1.000 trabajadores en activo, mientras que la media de la antigua Unión Europea a 15 miembros era de 42. Nuestra tasa de siniestralidad es de 115 accidentes laborales por cada 1.000 habitantes. Sólo nos supera Dinamarca, con 121; Suecia, con 118, y Bélgica, con 116.

Esa aterradora siniestralidad se produce pese al Plan Integral de Prevención de la Siniestralidad Laboral; la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995; los 15 Reglamentos vigentes; las 74 medidas del Plan Nacional de Siniestralidad; el Plan de choque en las 30 mil empresas que copan la mitad de los accidentes; la puesta en marcha de una Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, y la creación de una Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Nada de eso ha impedido que España supere cada año los 300.000 accidentes laborales, 75.000 de ellos en la construcción.

Bien es cierto que en España, según el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social se entiende por accidente laboral o de trabajo, toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Y que a partir de 2005, la definición de accidente laboral también incluye a los trabajadores autónomos que previamente así lo soliciten a la Seguridad Social y abonen las cuotas sociales correspondientes.

También es cierto que la lesión puede ser física o psíquica y que se consideran laborales, a diferencia del resto de los países del entorno, los accidentes que ocurren al ir o volver del trabajo y los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecuta el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

Pero no es menos cierto que en España esta claro que la subcontratación, la eventualidad, la escasa cualificación laboral y el incumplimiento de las normas por empresarios, trabajadores e inspectores siguen siendo los principales factores de riesgo. Añadamos a esto que los accidentes laborales cuestan 12.000 millones al año, según Comisiones Obreras. Y veremos que no resulta exagerado decir que la política contra los accidentes laborales en España es un siniestro total.

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