viernes, 3 de octubre de 2008

El Tribunal Supremo español admite que la Agencia Tributaria denuncie ante la Fiscalía sin escuchar al investigado

MADRID.- El Tribunal Supremo ha fallado en contra de un empresario que denunció a la Agencia Tributaria por vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva al remitir al Ministerio Fiscal su expediente de inspección tributaria por un posible delito contra la Hacienda Pública sin escuchar su versión.

La Sección Séptima de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en una sentencia dictada el pasado 15 de septiembre, concluye que no existe vulneración al derecho de defensa "al tratarse de actuaciones administrativas que no tienen un efectivo contenido sancionador por no ser definitivas", tal y cómo establece el artículo 24 de la Constitución, invocado por el recurrente.

Asimismo, el Supremo recuerda que la preferencia del derecho penal frente al derecho administrativo sancionador provoca "la suspensión de las actuaciones administrativas", por lo que, "no cabe hablar de indefensión" cuando los supuestos hechos "no han sido objeto de persecución penal".

El Alto Tribunal rechaza así el recurso de casación interpuesto por la sociedad del empresario contra la sentencia de 10 de mayo de 2006 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que falló a favor de la actuación de la Agencia Tributaria y le impone el pago de las costas por valor de 2.000 euros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario