jueves, 27 de noviembre de 2008

La CE expedienta a España por permitir que se modifiquen los contratos públicos después de adjudicarlos

BRUSELAS.- La Comisión Europea expedientó hoy a España por considerar que la nueva ley de contratos del sector público (LCSP) vulnera la normativa comunitaria al permitir la modificación de los contratos con posterioridad a su adjudicación.

El expediente adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades no dan una respuesta satisfactoria, el caso podría acabar ante el Tribunal de Justicia de la UE (TUE).

Bruselas considera que el régimen de modificación de los contratos con posterioridad a su adjudicación, tal como lo regula la LCSP, no está en consonancia con los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia que exige la legislación comunitaria.

La LCSP "otorga a los órganos de contratación un amplio poder para modificar condiciones esenciales de los contratos públicos con posterioridad a su adjudicación, sin que las condiciones para su modificación hayan sido previstas en los documentos del contrato de manera clara, precisa e inequívoca", dijo el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

Asimismo, la Comisión considera que la LCSP permite al órgano de contratación recurrir a procedimientos negociados sin publicación en circunstancias distintas de las establecidas en la normativa comunitaria.

Por otro lado, Bruselas envío una carta de emplazamiento a España en la que le pide información sobre cómo ha cumplido una sentencia de 2008 del Tribunal de Luxemburgo sobre los procedimientos de recurso en el ámbito de la contratación pública.

El TUE condenó a España por no establecer un período obligatorio para que la autoridad adjudicadora notifique la decisión de adjudicación del contrato a todos los licitadores y al no establecer un plazo de espera obligatorio entre la adjudicación del contrato y su celebración.

Según las autoridades españolas, el nuevo sistema español de procedimientos de recurso en el ámbito de la contratación pública, regido por la Ley 30/2007 sobre contratos del sector público desde el 1 de mayo de 2008, cumple plenamente las exigencias de la legislación comunitaria.

La Comisión "aún tiene dudas sobre si este nuevo sistema de procedimientos de recurso garantiza efectivamente la existencia de un plazo entre la adjudicación y la celebración del contrato que proporcione a los licitadores no seleccionados los elementos necesarios para poder recurrir la decisión de adjudicación".

Si las explicaciones de las autoridades españolas no convencen a Bruselas, el Ejecutivo comunitario podría pedir al Tribunal de Luxemburgo la imposición de una multa por incumplimiento de sentencia.

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