martes, 2 de diciembre de 2008

Los 27 aprueban reducir a 20 días el plazo para recuperar los ahorros en caso de quiebra

BRUSELAS.- Los ministros de Economía de la Unión Europea aprobaron hoy reducir a 20 días laborables, prorrogables 10 días más, el plazo máximo en el que un Estado miembro estará obligado a pagar a los ahorradores el depósito mínimo garantizado en caso de quiebra de una entidad financiera.

El acuerdo queda pendiente únicamente del visto bueno de la Eurocámara, que tiene previsto votar el 15 de diciembre.

En la actualidad, la legislación comunitaria, y también la de España, fija un plazo de 21 días para constatar que la entidad en cuestión está en quiebra y un máximo de tres meses para que los depositantes recuperen el dinero, que puede extenderse hasta 9 meses.

En contraste, en Estados Unidos los ahorradores pueden recuperar el dinero en 48 horas.

La Comisión Europea había propuesto recortar este plazo a sólo tres días con el objetivo de dar más seguridad a los ahorradores frente a las turbulencias financieras.

Sin embargo, los Veintisiete no han querido ir tan lejos y han fijado un plazo de 5 días laborables para constatar que un banco no ha restituido los depósitos exigibles, y de 20 días laborables, extensibles en otros 10 días, para que el Estado efectúe el reembolso.

La norma aprobada por los ministros de Economía da cobertura legal al acuerdo que alcanzaron en octubre para aumentar de 20.000 a 50.000 euros el depósito mínimo garantizado. La mayoría de países, entre ellos España, anunció entonces que subirían hasta 100.000 euros, y ya lo han llevado a la práctica.

La directiva en cuestión prevé un enfoque en dos fases. Obliga a todos los países de la UE a aumentar la garantía de depósito al menos hasta 50.000 euros a partir del 30 de junio de 2009 y hasta 100.000 euros a partir del 31 de diciembre de 2011.

Este último umbral será además el nivel máximo que estén autorizados a cubrir los Estados miembros para evitar distorsiones de competencia como las que provocó la decisión de Irlanda de garantizar la totalidad de los ahorros.

Según las estimaciones de la Comisión, la normativa actual, que data de 1994 y garantiza hasta 20.000 euros, cubre alrededor del 65% de los depósitos. Las nuevas cantidades garantizadas (50.000 y 100.000 euros), permitirán cubrir, respectivamente, el 80% y el 90%.

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