miércoles, 4 de febrero de 2009

El Supremo español avala las sanciones de 900.000 euros contra Ecovidrio y Anfevi por apropiarse del reciclaje

MADRID.- El Tribunal Supremo ha ratificado las sanciones de 900.000 euros impuestas a Ecovidrio y Anfevi en 2003 por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) por repartirse geográficamente el mercado de reciclaje de vidrio entre 1982 y 2001, según la sentencia dictada el pasado 23 de diciembre.

El Alto Tibunal considera que, entre otras infracciones, Ecovidrio y Anfevi infringieron el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), al acordar mediante contrato "la cesión de Ecovidrio a Anfevi de todo el vidrio obtenido de los ayuntamientos, al cederle todos sus contratos con entidades locales", según concluyó la sanción.

Ambas entidades fueron denunciadas en 2000 ante el entonces Servicio de Defensa de la Competencia por la empresa de reciclaje asturiana Revisa, que cesó su actividad de reciclaje de vidrio como consecuencia de las prácticas anticompetitivas, y que anunció que reclamará ante los tribunales los "daños y perjuicios" sufridos, según informó un portavoz de la empresa.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal desestimó los recursos de casación presentados por Ecovidrio y por Anfevi, con imposición de las costas para ambas, contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional el 15 de febrero de 2006 y que ratificó la resolución dictada por el TDC el 12 de septiembre de 2003 por la que sancionó a la primera a dos pagos de 150.000 euros y a la segunda a abonar 600.000 euros.

"Al instante de producirse el cierre empresarial, causado por las prácticas sancionadas, Revisa colaboraba en el reciclado de vidrio con centenares de municipios e industrias embotelladotas", según explicaron las mismas fuentes.

Fuentes de Ecovidrio explicaron en un comunicado que el Supremo rechazó el recurso "por razones formales y no se pronuncia sobre si la sanción es o no ajustada a derecho".

En concreto, el Supremo considera que la actuación de Ecovidrio en relación con Revisa fue constitutiva de una práctica de abuso de posición de dominio prohibida en el artículo 6 de la Ley de Defensa Competencia.

El tribunal estuvo presidido por Fernando Ledesma Bartret y formado por Manuel Campos Sánchez-Bordona, Eduardo Espín Templado, José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat y Óscar González González.

Por otro lado, la CNC mantiene abierto en la actualidad otro expediente sancionador contra Ecovidrio al volver a apreciar "indicios racionales" de que podrían haber infringido los artículos 1 y 2 de la LDC, según informó la CNC en un comunicado.

El expediente, abierto el pasado 12 de diciembre, investiga a la patronal del reciclaje de vidrio por supuesta restricción de la competencia en el proceso de licitación y adjudicación de los concursos de recogida, tratamiento y venta de vidrio, así como en la compra de contenedores para dar servicio a los municipios españoles.

La denuncia fue presentada el pasado mes de marzo por Revisa. Según explicó el denunciante, Ecovidrio cuenta con la gran mayoría de los municipios de España adheridos a su sistema de reciclado, siendo Anfevi el conjunto de industrias receptoras últimas de los residuos de vidrio, que como materia prima sirve para la fabricación de nuevos envases.

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