lunes, 9 de febrero de 2009

Los parados españoles podrán rescatar los fondos de pensiones cuando se les acabe la prestación

MADRID.- La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) permitirá que los parados rescaten los fondos de pensiones después de que finalice su prestación contributiva por desempleo o, en caso de no tener derecho a ella, desde que dejen de cobrar la nómina, informaron fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda.

Así lo acordó hoy la junta consultiva de Seguros, donde también se estableció la necesidad de que para rescatar el plan de pensiones antes de lo estipulado, deberá ser el partícipe del mismo quien se encuentre en paro, informaron hoy fuentes de la patronal del Seguro (Unespa).

Hasta ahora, para rescatar antes de tiempo el fondo de pensiones sin penalización, la normativa sólo contemplaba como supuestos la enfermedad grave o el paro de larga duración, de más de doce meses sin derecho a prestación.

La flexibilización de la normativa se hará a través de decreto ley, por lo que podría entrar en vigor en dos o tres meses, precisaron desde el departamento que dirige Pedro Solbes.

El secretario de Estado de Economía, David Vegara, explicó el pasado 30 de enero que el Gobierno estaba estudiando flexibilizar las condiciones del actual modelo de los fondos de pensiones ante la crisis para que los ciudadanos pudieran rescatar su dinero en un plazo menor del actual.

El director general de la DGSFP, Ricardo Lozano, indicó con anterioridad que el organismo estudiaba mejorar de forma temporal la liquidez de los productos de previsión social, como los planes de pensiones, ampliando las excepciones sin penalización por el rescate de las aportaciones realizadas.

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