martes, 7 de abril de 2009

El juez declara prescrito el delito de 'Pepe el del Popular' y acuerda su puesta en libertad

SANTANDER.- El Juzgado de Instrucción número 3 de Santander ha declarado prescrita la posible responsabilidad criminal de José Pérez Díaz, 'Pepe el del Popular', por los delitos de falsedad en documento mercantil y de apropiación indebida cometidos supuestamente cuando dirigía la sucursal número 1 del Banco Popular en Santander, y ha ordenado su "inmediata" puesta en libertad.

Así se acuerda en un auto fechado el pasado viernes, 3 de abril, por el magistrado titular del juzgado, Fernando Vegas García, contra el que cabe recurso de apelación ante el propio juzgado y ante la Audiencia Provincial de Cantabria, en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación del auto a las partes.

En el auto, el magistrado recuerda que los hechos que se le imputan a Pérez Díaz son susceptibles de ser calificados como delito continuado de falsedad en documento mercantil y delito continuado de apropiación indebida.

Ahora bien, explica que la legislación aplicable debe ser la que estaba vigente en el momento en el que ocurrieron los hechos (entre los años 1989 y 1991), por tanto, el texto refundido del Código Penal del 14 de septiembre de 1973.

Y de acuerdo con esa normativa, los delitos imputables a 'Pepe el del Popular' tenían un plazo de prescripción de diez años. En el caso del segundo de los delitos, el de apropiación indebida, la aplicación podría diferir si se considerara que en la estafa hubo múltiples perjudicados, pero el Juzgado remite a la sentencia del Tribunal Supremo de junio del año 2006, en la cual se concluye que el único perjudicado fue el banco (los clientes fueron indemnizados por la entidad).

En consecuencia, el magistrado considera prescritos ambos delitos y concluye que no procede pedir la extradición de José Pérez Díaz, sino por el contrario, dejarlo en libertad. Así lo acuerda en el auto, en el que declara extinguida la responsabilidad criminal y ordena su puesta en libertad, orden que se cursará a las autoridades mexicanas vía Interpol.

Recurso del Banco

Los Servicios Jurídicos del Banco Popular van a recurrir el auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Santander.

Así lo aseguró el director de los Servicios Jurídicos, Tomás Pereira, quien prefirió no obstante reservar para el procedimiento judicial los argumentos en los que se va a sustentar el recurso.

El Banco tiene un plazo de cinco días hábiles, desde la notificación del auto, que ya tiene en su poder, para presentar recurso de apelación, que será resuelto entonces por la Audiencia Provincial de Cantabria.

La entidad acude a esta instancia con la esperanza de que la Audiencia asuma sus argumentos, y considere que el delito no está prescrito y que todavía se puede juzgar a Pérez Díaz. Y Pereira cree "posible" que su recurso pueda prosperar, porque, según dice, todas las cosas en derecho, tienen su argumentación.

De hecho, pone el ejemplo del auto dictado por el mismo Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, hace algo más de un año, en el que se aseguraba que el delito no prescribía hasta 2012, mientras el auto del pasado viernes lo considera ya prescrito.

No obstante, el responsable de los Servicios Jurídicos no entra a valorar este último auto y recalca que "respetan" las decisiones judiciales y que es en ése ámbito judicial en el que se debe de tratar el asunto.

"Las resoluciones judiciales hay que verlas siempre a la luz de los argumentos de las partes", hay una defensa, un ministerio fiscal, una acusación "y el juez valora y resuelve a derecho".

"Y eso es lo que se ha producido", aseguró el letrado, quien recordó que si alguna de las partes no comparte la resolución, "para eso" están los recursos.

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