lunes, 8 de junio de 2009

Competencia pide eliminar la exclusividad de los procuradores en la representación procesal en España

MADRID.- La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha solicitado que se elimine la exclusividad que tienen los procuradores españoles para ejercer la representación procesal ante los tribunales permitiendo a los abogados realizar estas actividades y facilitar los trámites telemáticos.

Esta es una de las conclusiones del informe hecho público por la CNC sobre las restricciones a la competencia incluidas en la normativa reguladora de la actividad de los procuradores de los tribunales, realizado tras la resolución S/0022/07 del Procurador de Madrid.

El informe arroja cinco conclusiones que podrían cambiar la figura del procurador en España, que cuenta con características difíciles de encontrar en países de nuestro entorno, y anima a revisar la normativa en aplicación de la Directiva de Servicios europea.

En primer lugar, la CNC pide "revisar y reducir" la obligatoriedad de representación procesal a través de un procurador, contando con que dicha obligación "ya ha sido eliminada" y con "los avances telemáticos en las comunicaciones entre la Administración de Justicia y los usuarios".

Competencia pide suprimir la incompatibilidad de la profesión de procurador con las profesiones de abogado, graduado social y gestor administrativo, así como eliminar su exclusividad para que los abogados puedan ejercer la representación procesal.

El cuarto punto se refiere a la supresión del actual sistema de aranceles o precios "cuasi fijos" de los procuradores, para pasar a un sistema de "libre prestación" en todo el territorio del Estado.

Por último, la CNC propone suprimir la prohibición de ejercer como procurador en más de una demarcación territorial, pasando a un régimen de libre prestación en todo el país.

El informe concluye que la obligatoriedad de acudir a los tribunales representado por un profesional "supone un problema" para la competencia "desde el momento en el que existe un mercado con barreras de entrada y de ejercicio".

"En el caso de la actividad de los procuradores, no se observa que existan motivos que justifiquen reservas frente a otros profesionales que desempeñan esa misma actividad", explica Competencia, que recuerda que su dictamen se basa en la defensa del interés general.

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