martes, 4 de agosto de 2009

Las empresas de alquiler de coches cobran en España un 20% más si el cliente paga en metálico

BARCELONA.- La mayoría de empresas de alquiler de coche sin conductor penalizan a los usuarios que pagan en metálico con aumentos de un 20% en la cuota, una práctica abusiva, entre muchas otras, que ha detectado la Agencia Catalana de Consumo en una inspección efectuada a 15 de las principales empresas del sector.

El director de la Agencia Catalana de Consumo (ACC), Jordi Anguera, ha explicado que el hecho de que se incremente el precio del alquiler si se paga en metálico es "irregular" y debería tratarse como una opción más, ya que el dinero de curso legal "no se puede rechazar".

Anguera ha señalado además que el hecho de obligar a pagar con tarjeta de crédito en algunas de las empresas inspeccionadas "se acompaña de la mala práctica de cargar gastos adicionales si la entrega del coche se hace cuando no hay nadie de la empresa".

Ésta es una de las numerosas irregularidades que los inspectores de la ACC han detectado en las quince empresas del sector visitadas, de las que se ha comprobado la publicidad que emiten, los tipos de contrato, la documentación que dicen facilitar a los consumidores, el cumplimiento de la Ley de Política Lingüística en Cataluña y la existencia de hojas de reclamación.

El informe de la ACC señala, entre otras malas practicas, que las empresas de alquiler de vehículos sin conductor cobran gastos "abusivos" por el litro de combustible, "muy superior al del precio de mercado del momento".

En muchos contratos consta la autorización a cargar cualquier cargo extra imputable al contratante, por lo que "parece ilógico que se haga avanzar una fianza, ya que la firma obligada del consumidor en esta casilla les autoriza a cobrar las posibles incidencias que se produzcan y sean imputables".

En los contratos se han constatado cláusulas abusivas, como el hecho de que la empresa se exime de la responsabilidad de lesiones corporales o daños materiales por defecto de construcción o reparaciones anteriores de los coches.

Algunas compañías incluyen cláusulas en las que indican que el arrendador no responderá en ningún caso y de ninguna manera de las averías, daños o pérdidas causadas en las mercancías y, en consecuencia, el arrendatario declara renunciar expresamente a plantear cualquier acción contra la empresa.

La ACC ha advertido que si las empresas no se avienen a efectuar los cambios propuestos y no rectifican, se abrirán expedientes sancionadores.

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