Asimsimo, el regulador de telecomunicaciones obliga a Telefónica a disponer de la "solución automatizada operativa" del servicio indirecto de este tipo de oferta de Internet sin voz que permita a los operadores alternativos la gestión de dicho servicio mayorista.
El regulador constató que a fecha 8 de mayo Telefónica ha cumplido con esta obligación y que a consecuencia de esto se permite a competidores del ex monopolio ofrecer la oferta de servicios 'naked' en el mercado, "tal y como se desprende de la campaña realizada por Vodafone".
"Se acredita la disponibilidad de los servicios en las fechas mencionadas y del correcto funcionamiento de los tipos de solicitud comprobados en la inspección mediante un informe de una consultora y la inclusión de una serie de ejemplos", explicó la CMT.
La CMT añadió que Vodafone ha lanzado una oferta comercial al mercado minorista basada en esta solución, aunque precisó que el rival de Telefónica no puso en conocimiento del público ésta hasta septiembre "por no disponer del servicio a nivel mayorista".
En este sentido, la CMT considera que Telefónica no permitió la comercialización efectiva de dicho servicio de acceso a Internet sin cuota de línea durante tres meses por lo que ha decidido imponer al operador una multa de un millón de euros.
En concreto, la CMT señala que el plazo para el cumplimiento de esta obligación finalizó el 30 de abril y que, por lo tanto, Telefónica tendría que tener disponible esta solución automatizada antes del 1 de mayo.
En consecuencia, la firma presidida por César Alierta tendrá que abonar 10.000 euros por uno de los días hábiles de incumplimiento desde el 1 de mayo hasta el 1 de septiembre de 2009, lo que supone como resultado del cómputo de 100 días un total de 1 millón de euros.
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