Las medidas deberán tener un alcance y tiempo de aplicación limitado. La Comisión considera que suponen un sistema adecuado para poner remedio a la grave perturbación de la economía española y que son compatibles con la normativa comunitaria.
El sistema prevé un acceso no discriminatorio, pues estará abierto a todas las entidades de crédito solventes registradas en España que tengan al menos 1/1000 del mercado crediticio y siempre que los instrumentos garantizados se hayan emitido durante los últimos cinco años. La garantía es limitada en su tiempo y alcance, y tanto su presupuesto global como las garantías individuales son limitadas.
Por ejemplo, cada banco puede recibir garantías ligadas a su cuota de mercado anterior y el estado puede limitar la cantidad de la garantía cuando el riesgo con respecto a la entidad de crédito beneficiaria se considere excesivo. Para beneficiarse de la garantía, se requiere que los bancos participantes paguen unas remuneraciones conformes a las condiciones del mercado, como así lo prevén las recomendaciones del Banco Central Europeo.
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