miércoles, 30 de diciembre de 2009

El Corte Inglés se remite al fallo de la sentencia, que rechaza las dos valoraciones sobre la compañía

MADRID.- El Corte Inglés evitó pronunciarse sobre la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid notificada hoy y se remitió al fallo de la misma, que confirma la desestimación de la demanda de los hermanos Areces contra El Corte Inglés al tiempo que revoca la estimación de la demanda de la cadena de distribución contra los hermanos Areces y rechaza las valoraciones de ambas partes sobre las acciones de la compañía.

"El Corte Inglés se remite al fallo de la sentencia, donde la Audiencia confirma la desestimación de la demanda de los hermanos Areces contra El Corte Inglés al mismo tiempo que revoca la estimación de la demanda reconvencional de El Corte Inglés contra los hermanos Areces", indicaron a Europa Press en fuentes de la compañía.

Según la sentencia notificada hoy, el precio que el auditor del grupo, Leandro Cañibano, otorgó a las acciones de la compañía no ha sido "razonable" y, por tanto, ha de considerarse "arbitrario", con lo que "el arbitrador no se ha ajustado a las reglas que debió seguir para fijar el precio de transmisión", tal y como sucedió en el pleito precedente respecto a los títulos de César Areces.

No obstante, la Audiencia Provincial cuestiona también la valoración realizada en su momento por el actual secretario de Economía, José Manuel Campa, y el profesor del IESE Pablo Fernández, a petición de los hermanos Areces.

Así, la Audiencia pone de manifiesto la "dificultad" de determinar el valor razonable de las acciones y la "incertidumbre" que genera su cuantificación, a la vista de que numerosos y catedráticos y expertos han sido "manifiestamente incapaces" de aproximar su valoración.

De esta forma, según la sentencia, las valoraciones ofrecidas, todas ellas "bajo extensos y aparentemente fundados análisis", oscilan entre 79,91 euros (acciones serie A) y 799,12 euros (acciones serie B) y 227,64 euros y 2.276,44, según el tipo de acción, lo que supone una desviación entre ambas valoraciones extremas de casi un 300%.

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