miércoles, 30 de diciembre de 2009

El juez cree "arbitraria" la valoración que hace El Corte Inglés de sus acciones pero no fija su valor real

MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid tachó ayer de "arbitraria" la valoración que realizó el auditor de El Corte Inglés de las acciones de la compañía en el proceso abierto por los hermanos Ramón, Rosario y Maria Jesús Areces Fuentes, sobrinos del presidente de El Corte Ingles, Isidoro Álvarez, contra el grupo, aunque tampoco fija su valor real.

Así, el juez estima parcialmente las pretensiones de los hermanos Areces, que solicitaban 40,5 millones de euros por su participación conjunta del 2,04% de sus acciones, frente a los 16,5 millones que pretendía pagar la compañía, al tiempo que desestima íntegramente la demanda en contra (reconvencional) que había interpuesto en su día dicha entidad.

Según la sentencia notificada ya, el precio que el auditor del grupo, Leandro Cañibano, otorgó a las acciones de la compañía no ha sido "razonable" y, por tanto, ha de considerarse "arbitrario", con lo que "el arbitrador no se ha ajustado a las reglas que debió seguir para fijar el precio de transmisión", tal y como sucedió en el pleito precedente respecto a los títulos de César Areces.

No obstante, la Audiencia Provincial cuestiona también la valoración realizada en su momento por el actual secretario de Economía, José Manuel Campa, y el profesor del IESE Pablo Fernández, a petición de los hermanos Areces.

Así, la Audiencia pone de manifiesto la "dificultad" de determinar el valor razonable de las acciones y la "incertidumbre" que genera su cuantificación, a la vista de que numerosos y catedráticos y expertos han sido "manifiestamente incapaces" de aproximar su valoración.

De esta forma, según la sentencia, las valoraciones ofrecidas, todas ellas "bajo extensos y aparentemente fundados análisis", oscilan entre 79,91 euros (acciones serie A) y 799,12 euros (acciones serie B) y 227,64 euros y 2.276,44, según el tipo de acción, lo que supone una desviación entre ambas valoraciones extremas de casi un 300%.

En concreto, Cañibano fija el valor de las acciones conforme al método del valor del activo neto real en 79,91 euros (acciones serie A) y 799,12 euros (acciones serie B), mientras que Campa y Fernández critican este resultado al no tener en cuenta las plusvalías y ofrecen un precio de 160,24 euros (acciones seria A) y 1.602,4 euros (acciones serie B).

La sentencia explica que en el informe del profesor Leandro Cañibano se reduce el valor razonable de las acciones de El Corte Inglés al valor teórico contable y se prescinde "por completo" de las plusvalías derivadas de la titularidad de las distintas marcas de la demandada.

"Ni siquiera se toma en cuenta la de El Corte Inglés o el fondo de comercio, que desde luego implica un mayor valor de la sociedad sin perjuicio de que sólo pueda contabilizarse en muy concretos supuestos", señala la sentencia.

Así, la Audiencia Provincial de Madrid considera que el dictamen de Cañibano no ha determinado "correctamente" el valor razonable de las acciones de El Corte Inglés que pretendían transmitir los hermanos Areces y sobre las que el grupo ejercitó el derecho de adquisición preferente.

No obstante, cuestiona también la valoración hecha por Campa y Fernández, que fijan como valor razonable de las acciones de la serie A la cantidad de 196,4 euros y 1.964 euros las de la serie B, y no fija un precio definitivo.

"Aunque el tribunal considera que el valor de las acciones de El Corte Ingles es manifiestamente superior al que resulta del valor teórico contable, carece de los elementos necesarios para fijar tal valor en esta resolución", señala la sentencia.

Por último, según la sentencia, se ha reconocido que la hipótesis formulada por Campa y Fernández en su informe sobre la evolución de la marcha de la compañía en cuanto a inversión y flujos disponibles no se ha cumplido en los dos primeros años concluidos tras la emisión de su informe (2005 y 2006), ya que el nivel de inversión con los recursos obtenidos por la sociedad con su actividad no ha disminuido, en contra de lo previsto en su hipótesis de trabajo.

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