jueves, 25 de febrero de 2010

El TUE condena a España por no aplicar norma europea sobre auditoría de cuentas anuales y cuentas consolidadas

LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó hoy a España por no haber incorporado a su legislación nacional la norma europea sobre auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, pese a que el plazo para hacerlo vencía el 29 de junio de 2008.

La directiva en cuestión se propone mejorar la credibilidad de la información financiera y reforzar la protección de la UE contra los escándalos financieros. Contiene, entre otras cosas, disposiciones relativas al control cautelar público, la obligación de garantizar la calidad externa, los deberes de los auditores legales, la utilización de normas internacionales y los principios de independencia de los auditores.

Además, la directiva establece las bases para una cooperación entre las entidades reguladoras de la UE y las de terceros países.

La Comisión Europea denunció a España ante el TUE por no haber cumplido los plazos exigidos. En su defensa, las autoridades españolas alegaron "la complejidad y amplitud del proceso de elaboración del proyecto de ley" para trasponer la directiva, el avanzado estado en que se encuentra el procedimiento legislativo y los esfuerzos realizados para reducir al mínimo la duración de éste.

No obstante, respecto a estas alegaciones, el Tribunal de Justicia recuerda que, según jurisprudencia reiterada, un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y plazos establecidos por una directiva.

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