viernes, 8 de julio de 2011

España eleva su poder de voto en el FMI

MADRID.- El Consejo de Ministros ha autoriza la ampliación de la cuota que tiene España en el Fondo Monetario Internacional (FMI), que eleva su poder de voto en la institución y la sitúa como decimotercer accionista de la institución, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

   En concreto, el Consejo de Ministros ha autorizado la aceptación de las enmiendas al Convenio constitutivo del Fondo Monetario Internacional, adoptadas por la Resolución 66-2, de 15 de diciembre de 2010, de la Junta de Gobernadores, por la que se amplía la cuota de España.
   El FMI ha venido arrastrando problemas de representación en su sistema de gobierno, debido en parte al desajuste entre el poder de voto de los diferentes países y su peso económico relativo. El proceso de modernización se inició en las asambleas anuales celebradas en Singapur en 2006 y en abril de 2008 se dio un paso más con la adopción por la Asamblea de Gobernadores de una Resolución que incorporaba, entre otros elementos, un reequilibrio del poder relativo de los países miembros.
   Con objeto de mejorar tanto la legitimidad como la eficiencia en el funcionamiento del FMI, la Asamblea de Gobernadores aprobó finalmente, el 15 de diciembre de 2010, con un 95,32% de los votos a favor, la Resolución 66-2 'Decimocuarta Revisión General de Cuotas y Reforma del Directorio Ejecutivo', que incluía un aumento de las cuotas de los países infrarrepresentados y una enmienda al Convenio Constitutivo del FMI para la reforma del Directorio Ejecutivo.
   El aumento de las cuotas de los países infrarrepresentados se traduce en el incremento de la cuota de 61 países, entre los cuales se encuentra España, implicando, por tanto, un aumento de su poder de voto en la institución. Se ha acordado que la cuota de España pase de 4.023,4 millones de Derechos Especiales de Giro (DEG) a 9.535,5 millones de DEG, lo que representa el 2% del capital del FMI y le sitúa como decimotercer accionista.
   La enmienda al Convenio Constitutivo contenida en la Resolución 66-2 supone, además, una reforma del Directorio Ejecutivo del FMI, de forma que todos los directores pasen a ser electos, desapareciendo la distinción actual entre directores designados y electos.
    Esta modificación tiene por objeto eliminar una distinción entre países, de la que se beneficiaban los cinco mayores accionistas de la institución, y abrir la posibilidad de que estos países compartan también su representación en el Directorio Ejecutivo.

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