MADRID.- La recaudación del Impuesto de Sociedades ha
caído en España un 63% entre 2007 y 2011, lo que ha supuesto la pérdida de más de
28.000 millones de euros durante la crisis, según el REAF, el órgano
especializado del Consejo General de Colegios de Economistas.
En el documento que ha elaborado el REAF para ayudar a la
declaración de este impuesto, se pone de manifiesto también que los
beneficios fiscales de este tributo cuestan 3.700 millones, encabezados
por la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Asimismo, el REAF asegura que el 48% de la recaudación se
consigue a través de las 673 empresas con ingresos superiores a 180.000
millones y que en 2009 más de 1.400.000 de las autoliquidaciones
presentadas tuvieron bases imponibles positivas (459.016), siendo el
resto (960.054) declaraciones con bases negativas o cero.
En cuanto a las novedades normativas de 2011, los economistas
destacan la limitación transitoria para los ejercicios iniciados en
2011, 2012 y 2013 de las bases negativas de años anteriores pendientes
de compensar, aplicable a entidades con cifra de negocios superior a 20
millones y a 60 millones.
Además, resalta la libertad de amortización para elementos
nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, que
ya no se condiciona al incremento de plantilla. A partir de 31 de marzo
de 2012, las empresas que no estén catalogadas como de reducida
dimensión verán limitada su posibilidad de deducir los importes
pendientes por este incentivo.
De la misma forma, recuerda que el tipo de las micropymes que
mantienen plantilla respecto a la de 2008 (20%) y el de las pymes (25%)
en esta declaración se aplica sobre los primeros 300.000 euros de base, y
no solo sobre los primeros 120.202,41 euros como en el ejercicio
anterior, al tiempo que se amplía el ámbito de aplicación del régimen
especial de empresas de reducida dimensión.
En cuanto a las novedades de 2012, se reduce con carácter
transitorio a 2012 y 2013 el límite conjunto sobre la cuota aplicable a
las deducciones por incentivos, se limita la deducibilidad de los gastos
financieros, se deroga el régimen de libertad de amortización, se prevé
la exoneración de tributación de las plusvalías generadas en la
transmisión de inmuebles, se da la posibilidad de repatriar beneficios
de paraísos fiscales y se pueden hacer regularizaciones extraordinarias.
A la hora de hacer la declaración, el REAF recuerda la
importancia de calcular el importe neto de la cifra de negocios, vigilar
la correcta imputación de ingresos y gastos, chequear las
amortizaciones contables practicadas para ver si son enteramente
deducibles, prestar atención a las normas fiscales especiales de
valoración y revisar el posible uso de los inventivos como deducciones y
bonificaciones.
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