MADRID.- El Consejo de Ministros ha aprobado el
acuerdo de pesca entre España y Portugal para el ejercicio de la
actividad de la flota pesquera artesanal de Canarias y de Madeira y ha
dispuesto su remisión a las Cortes Generales.
La firma se produjo con ocasión de la celebración en Braga
(Portugal) de la XXV Cumbre Hispano-Portuguesa, el pasado 9 de mayo de
2012.
El acuerdo establece las condiciones para el ejercicio de la
actividad de pesca en aguas jurisdiccionales de Portugal y España,
sujetas a los regímenes específicos de acceso para las Regiones
Ultraperiféricas, para embarcaciones de las flotas artesanales
matriculadas o con puerto base en los puertos de Madeira y Canarias más
allá de las doce millas náuticas, de conformidad con el Derecho del Mar
vigente y el Derecho de la Unión Europea vigentes.
El Acuerdo excluye a las islas Azores, que estaban incluidas en el anterior Acuerdo de 2008.
Sólo están incluidas en el marco del acuerdo las embarcaciones que
hayan descargado su pesca en los puertos de ambos archipiélagos el año
civil anterior.
El acuerdo delimita el número de barcos que puede pescar por cada
parte, teniendo en cuenta el tipo de pesca (túnidos y sable negro) con
palangre de media agua y establece los procedimientos de comunicación de
las embarcaciones autorizadas, cuyo arqueo brutal no podrá sobrepasar
las 3.600 toneladas de registro bruto.
El acuerdo prevé la posibilidad de pescar dentro de las doce
millas de la costa cuando se trate de capturar cebo vivo, excepto en las
reservas marinas autorizadas de las islas Graciosa, de Hierro, y de la
Palma, las Islas Salvajes y Desiertas, las Reservas de Garajau y de
Rocha y las Áreas Marinas Protegidas de Porto Santo, así como en el
interior de las dos millas en el sur de la Gran Canaria entre los cabos
de Maspalomas y del Descojonado y al sur de Tenerife entre los cabos de
Faro de Rasca y de Teno.
Junto al acuerdo, figura una Declaración conjunta, anexa al mismo,
por la que los Gobiernos de ambos países consideran que ninguna de las
disposiciones contenidas en el acuerdo afectan a las delimitaciones de
espacios marítimos entre ambos Estados ni a las disposiciones mantenidas
por cada uno de ellos en relación con dichas delimitaciones.
El convenio tendrá la duración de un año, contado desde el 1 de
enero hasta el 31 de diciembre de cada año, renovable automáticamente
por iguales períodos.
Se ha solicitado la tramitación parlamentaria del acuerdo por el
procedimiento de urgencia, ya que la flota pesquera española tiene mucho
interés en este convenio y desearía que estuviera vigente en febrero de
2013, que es cuando comienza la pesca de túnidos en aguas españolas de
las Islas Canarias y en las portuguesas de Madeira.
No hay comentarios:
Publicar un comentario