NUEVA YORK.- Un tribunal de apelaciones de Nueva York rechazó hoy la
petición de Argentina para que todos sus jueces revisaran un fallo
previo en el juicio entablado por fondos de inversión que rechazaron sus
reestructuraciones de deuda en 2005 y 2010.
En un escueto escrito judicial, la Corte de
Apelaciones del Segundo Circuito rechazó la petición de los abogados del
Estado argentino para que el pleno de los trece jueces revisara un
fallo previo que favoreció a los acreedores.
"Es una petición que rara vez se concede, así que no ha sorprendido a
nadie", dijo el abogado Sean O'Shea, del fondo Gramercy, que
forma parte del 93 % de los acreedores que sí aceptaron las
reestructuraciones de deuda argentina.
El letrado añadió que el fallo adoptado hoy por el tribunal, que no
explicó los motivos de su decisión, "no tendrá un impacto en el recurso
paralelo presentado ante el grupo de tres jueces".
Ese mismo tribunal de apelaciones había decidido en noviembre pasado
dejar en suspenso una orden del juez federal Thomas Griesa que exigía a
Argentina pagar a los acreedores 1.330 millones de dólares antes del 15
de diciembre.
Los abogados de Argentina tienen de plazo hasta este viernes para
ofrecer detalles de su última oferta a los acreedores litigantes, a
quienes plantean las mismas condiciones aceptadas por los acreedores que
se adhirieron a las reestructuraciones de 2005 y 2010.
La corte anunció el 1 de marzo que quiere saber "cómo y cuándo"
actualizará Argentina sus obligaciones de deuda con los acreedores, el
tipo de interés al que propone hacer los pagos y qué garantías ofrece
para que la propuesta se haga efectiva y en qué plazos.
El juez Griesa había decidido obligar al país a pagar a los
demandantes 1.330 millones de dólares para el 15 de diciembre (el monto
total de la deuda original), pero el tribunal de apelaciones decidió
paralizar ese fallo hasta examinar a fondo la apelación de Argentina.
El mismo magistrado falló en febrero de 2012 que Argentina debía
pagar también a los acreedores que se negaron a participar en las
reestructuraciones de deuda y no solamente a aquellos que sí accedieron
al canje.
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