MADRID.- La Audiencia Nacional ha rechazado la
extradición a Suiza del informático ítalo-francés Hervé Falciani,
reclamado por haber sustraído datos del HSBC Private Bank con los que
habrían sido identificados 130.000 evasores fiscales, al entender que
denunció "actividades sospechosas de ilegalidad e incluso constitutivas
de infracciones peanles que de ninguna manera son susceptibles de
legítima protección".
Así consta en un auto dictado por la Sección Segunda de la Sala de lo
Penal en el que se rechaza la entrega a Suiza de Falciani, al entender
que los delitos que le imputan las autoridades suizas no cumplen el
principio de doble incriminación, es decir, no están castigados por el
Código Penal español.
El auto de la Sala rechaza la entrega del informático, al que se
atribuyen los delitos de espionaje financiero, revelación de secreto
bancario, revelación de secreto comercial y apropiación de datos
relativos a clientes, argumentando que "en nuestro derecho no existe
protección penal específica del secreto bancario como tal, y menos
tratando su quebrantamiento como un mero delito formal".
Contra la resolución únicamente cabe recurso de súplica, aunque la
Fiscalía y la defensa de Falciani se manifestaron en la vista celebrada
el pasado 15 de abril en contra de la extradición y las autoridades
helvéticas no se personaron en el procedimiento. Según fuentes
jurídicas, el informático, que fue detenido en Barcelona el 1 de julio
de 2012 en un control aduanero de Barcelona, quedará en libertad sin
medidas cautelares.
Los magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y José Ricardo de Prada
(ponente), consideran que Falciani no sólo puso a disposición de varios
Estados datos básicos para evitar la comisión de delitos sino que,
además, no actuó por "móviles económicos o espurios".
Así, recuerdan que el compareciente manifestó durante la vista de
extradición que su intención era "provocar una situación que alertara a
los sistemas de control" de las irregularidades y descontrol que había
apreciado al trabajar en el HSBC.
A este respecto, recuerdan el testimonio del fiscal francés Eric de
Montgolfier, que aseguró durante la vista que los datos extraídos de la
'lista Falciani' "podrían llenar en papel un tren de mercancías", y el
del exsecretario de Estado de Hacienda Carlos Ocaña, quien reveló que su
información permitió examinar 659 cuentas que, tras su regularización,
permitieron recaudar entre 250 y 300 millones de euros.
El auto también sostiene que los delitos imputados a Falciani por las
autoridades suizas no gozan de la misma protección penal en España. En
concreto, reprocha a Suiza que "proteja, mediante la imputación concreta
del delito de espionaje, un interés jurídico propio frente al de otros
Estados, lo que dota al precepto de un innegable carácter politico" que
no podría servir de base a una petición de extradición.
Los magistrados analizan, además, el resto de delitos planteados por
las autoridades suizas e indican que la intimidad de los clientes o el
secreto comercial del banco no pueden servir para amparar "operaciones
económicas sospechosas de estar relacionadas cib actividades ilícitas o
delictivas o incluso ser ellas mismas abiertamente delictivas". A su
entender, existen "intereses superiores" que justifican la cesión de
información.
En la vista de extradición, que se celebró el pasado 15 de abril, la
fiscal Dolores Delgado se opuso a la entrega argumentando que no se
puede "castigar" a una persona que colaboró con las autoridades de
Francia, Italia, Estados Unidos y España en la lucha contra la "opacidad
financiera".
Falciani, por su parte, aseguró que "nunca" pidió ninguna
"gratificación" por revelar esta información y que su única intención
era la de denunciar las "actuaciones escandalosas" que se estaban
llevando a cabo en la entidad bancaria, para lo cual colaboró con las
autoridades de Francia Estados Unidos, Italia y "recientemente" España.
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