BRUSELAS.- Los ministros de Economía de la eurozona han
logrado un acuerdo político para limitar a 60.000 millones de euros el
uso del fondo de rescate (MEDE) -cuya dotación total asciende a 500.000
millones- para la recapitalización directa de la banca.
El pacto obliga al Estado miembro beneficiario a asumir parte del
coste para garantizar que no se desentienda de los problemas de sus
entidades.
La posibilidad de aplicar la recapitalización directa con carácter
retroactivo a países como Irlanda, Grecia o España -lo que permitiría
que el rescate bancario de 40.000 millones de euros no compute como
deuda- se examinará "caso por caso", según ha dicho el presidente del
Eurogrupo, Jeroen Dijsselbloem. El ministro de Economía, Luis de
Guindos, ha dado a entender que España renuncia a esta opción.
Estas serán las principales reglas que regirán el funcionamiento
de la recapitalización directa de la banca, que han sido pactadas por el
Eurogrupo tras seis meses de debates.
"Este instrumento ayudará a preservar la estabilidad de la
eurozona y ayudará a eliminar el riesgo de contagio del sector
financiero al Estado, debilitando así el círculo vicioso entre bancos y
Estados", ha resaltado Dijsselbloem.
El límite de 60.000 euros se ha fijado para evitar que se agote
rápidamente la dotación del MEDE, ya que las ayudas directas a la banca
consumen mucho más capital que los fondos concedidos para el rescate de
Estados.
Según el acuerdo, un Estado miembro sólo podrá pedir la
recapitalización directa de una entidad como último recurso. Es decir,
cuando las quitas a los acreedores no sean suficientes para cubrir el
déficit de capital y el Gobierno no pueda inyectar fondos sin poner en
riesgo su estabilidad presupuestaria. La entidad debe tener carácter
sistémico y su quiebra plantear un riesgo a la estabilidad de la
eurozona.
Antes de cualquier decisión, el MEDE, la Comisión y el Banco
Central Europeo examinarán si la entidad es viable y la someterán a un
test de estrés para verificar el capital necesario.
Si la entidad no alcanza el ratio mínimo legal de capital del 4,5%
el Estado beneficiario deberá aportar el capital necesario para llegar a
este nivel antes de que el fondo de rescate intervenga. Si ya lo
cumple, el país receptor deberá contribuir con el 20% de los costes del
rescate durante los dos primeros años y con el 10% después, mientras que
el MEDE asumirá el resto.
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