BRUSELAS.- La presidencia lituana de la Unión Europea y los
negociadores de la Eurocámara han alcanzado este jueves un acuerdo para
adelantar de 2018 a 2016 la entrada en vigor de la directiva que
obligará a los accionistas y los acreedores -incluidos bonistas sénior y
grandes depositantes-, en lugar de a los contribuyentes, a asumir
pérdidas en futuras crisis bancarias.
Los Gobiernos y la Eurocámara han alcanzado un compromiso final
sobre la directiva de resolución de crisis bancarias, que obligará
además a todos los Estados miembros a crear fondos de liquidación,
financiados por la propia banca, que tendrán que alcanzar un nivel del
1% de los depósitos cubiertos en un plazo de 10 años.
El pacto responde a la posición de Alemania y del Banco Central
Europeo (BCE), que reclamaban adelantar la entrada en vigor de esta
norma para acabar con las ayudas públicas a la banca. En cambio, España o
Francia defendían la fecha de 2018 para dar tiempo a las entidades a
adaptarse.
"Con estas reglas, los rescates públicos masivos de bancos y sus
consecuencias para los contribuyentes se convertirán finalmente en una
práctica del pasado", ha dicho el comisario de Servicios Financieros,
Michel Barnier.
La nueva norma todavía debe ser ratificada por los Gobiernos y por
el pleno de la Eurocámara. Una vez que entre en vigor, será aplicada
por la autoridad única de liquidación, cuya creación todavía está siendo
negociada por los Veintiocho, en el contexto de la unión bancaria.
La directiva mantiene la protección total sobre los depósitos de
menos de 100.000 euros, mientras que los depósitos de más de 100.000
euros de particulares y pymes gozarán de preferencia, lo que significa
que sólo tendrán que asumir quitas en casos excepcionales, cuando se
haya agotado la capacidad de absorber pérdidas por parte del resto de
acreedores.
La directiva fija por primera vez un porcentaje mínimo de quita
obligatorio equivalente al 8% de los pasivos del banco. Así se garantiza
que sean los acreedores y los accionistas, y no los contribuyentes, los
primeros en asumir pérdidas.
Una vez aplicada la quita obligatoria, la norma deja un amplio
margen de maniobra a los Estados miembros para salvar a determinados
acreedores de las pérdidas, hasta el 5% de los pasivos. Este rescate se
financiará con los fondos de resolución nacionales, alimentados por los
propios bancos.
En circunstancias excepcionales, la directiva autoriza a
continuación el uso de fondos públicos nacionales y del MEDE antes de
que todos los acreedores pierdan por completo su inversión, pero no de
forma directa sino mediante un préstamo al Estado que computa como deuda
pública, como en el caso de España. La recapitalización directa sólo
podrá intervenir en una segunda fase, una vez que se hayan agotado todas
las quitas posibles, si el banco sigue necesitando ayuda.
El Parlamento ha añadido durante las negociaciones un instrumento
de recapitalización preventiva, que sólo se autorizará para bancos
solventes que necesiten capital para cubrir las deficiencias
identificadas por los test de estrés.
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