MADRID.- El Banco de España está estudiando si debe
abrir expediente sancionador a diferentes entidades bancarias a resultas
de alguno de los más de 2.000 informes que ha emitido entre julio de
2013 y enero de 2014 dando la razón a clientes que habían presentado
quejas relacionadas con las cláusulas suelo.
Así lo señala el Gobierno al portavoz adjunto de Economía del PSOE
en el Congreso, Antonio Hurtado, en respuesta a la valoración que el
diputado andaluz pidió al Ejecutivo sobre los efectos de la sentencia
del Tribunal Supremo (TS) del pasado año declarando nula la aplicación
de cláusulas suelo sin los necesarios requisitos de transparencia.
En el texto el Ejecutivo
recuerda que tras el fallo judicial pidió al Banco de España que
prestara "especial atención" a su cumplimiento y menciona un informe del
pasado 19 de febrero, en el que el supervisor comunica que durante el
segundo semestre de 2013 y el mes de enero de este ejercicio el
Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones emitió más de 2.000
informes favorables a los reclamantes en expedientes relacionados con
las cláusulas suelo.
De ellos, una tercera parte se referían a incumplimientos
normativos, mientras que el resto se derivaban de "quebrantamientos de
las buenas prácticas bancarias".
Ante esta cifra, y al margen de que este tipo de condiciones
contractuales sean vigiladas específicamente dentro del Plan Anual de
Supervisión 2014 del Banco de España, la Dirección General de
Supervisión ya está "analizando" los diferentes expedientes para
"detectar si hubiera indicios que justifiquen la incoación de
expedientes sancionadores", añade el Gobierno.
No obstante, también recuerda que el TS no ha declarado nulas las
cláusulas suelo de forma general, sino que únicamente obliga a que se
cumplan unos requisitos de "especial transparencia" que el Ministerio de
Economía precisó como la necesidad de que los préstamos hipotecarios
que incluyan estas condiciones deban contener, junto a la firma del
cliente, una expresión manuscrita por la que el prestatario manifieste
que ha sido "adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados
del contrato".
Para valorar si esas advertencias han sido las adecuadas, el Alto
Tribunal estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma
aislada sean comprensibles" sino que los consumidores deben ser
informados explícitamente de que "cuando el tipo de interés baja a
determinados niveles el préstamo se transforma en un préstamo a interés
fijo variable solo al alza".
"También deben ser informados de forma clara y destacada, sin que
las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras
propias de un contrato tan complejo", recuerda el Ejecutivo que, por
estos motivos, considera que la anulación de cláusulas suelo en un
contrato hipotecario sólo podrá derivarse de un "pronunciamiento
judicial caso a caso para determinar si la comercialización fue adecuada
o no en función de la información trasladada al cliente".
De este modo, el Gobierno admite que no se producirá una
eliminación generalizada de las cláusulas suelo ni tampoco la
compensación a todos los titulares de hipotecas con estas condiciones
por las rebajas de tipos impositivos de las que no se han podido
beneficiar.
No obstante, recuerda que el Banco de España ha pedido a las
entidades financieras que revisen la adecuación de todas las cláusulas
suelo que tienen contratadas y que valoren el impacto que su eliminación
tendría en su cuenta de resultados, además de haber comenzado a
exigirles información sobre las medidas que están tomando en relación
con este asunto.
En otra respuesta, en este caso al portavoz adjunto de UPyD en el
Congreso, Carlos Martínez-Gorriarán, el Gobierno añade además que la
sentencia del TS se refería a ciertos préstamos hipotecarios concedidos,
entre otras, por NCG Banco, que "procedió a su eliminación". Dado que
dicha entidad está nacionalizada, el Fondo de Reestructuración Ordenada
Bancaria (FROB) solicitó al resto de entidades rescatadas que revisaran
todas sus cláusulas suelo para ver si "se adaptan a los criterios
establecidos" en el fallo judicial.
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