martes, 27 de mayo de 2014

Los 28 aprueban una norma para proteger los secretos comerciales de las empresas

BRUSELAS.- Los ministros de Industria de los 28 han aprobado este lunes una norma para proteger los secretos comerciales de las empresas frente al robo y su utilización y su divulgación ilegales. Una de cada cinco empresas ha sufrido al menos un intento de apropiación indebida de sus secretos comerciales en la última década y la cifra va en aumento, ya que en 2013 ha denunciado el robo de datos un 25% de las compañías frente al 18% de 2012.

   La directiva, que debe ser aprobada ahora por la Eurocámara, facilitará que los tribunales nacionales hagan frente a la apropiación indebida de información comercial confidencial y retiren del mercado los productos que infringen la legislación sobre el secreto comercial, así como que las víctimas reciban indemnizaciones por dichas infracciones. Los Veintiocho han acordado establecer un plazo de prescripción común de ocho años para las denuncias o reclamaciones ante los tribunales.
   El ministro de Competitividad griego, Notis Mitarachi, cuyo país ocupa la presidencia de turno de la UE, ha dicho que el nuevo marco legal "facilitará a las empresas continuar invirtiendo con más confianza en investigación e innovación en Europa". En la actualidad no existe legislación de la UE sobre la materia y las diferencias y lagunas en las normas nacionales dificultan la protección de los secretos comerciales.
   Los secretos comerciales (también denominados "información comercial confidencial" o "información reservada") son utilizados por empresas de todos los tamaños en todos los sectores económicos para proteger una amplia gama de información como el proceso de fabricación de neumáticos Michelin, la receta del "pasteis de Belém" (una variedad de repostería portuguesa), la tecnología y los conocimientos técnicos utilizados en las aeronaves de Airbus y el algoritmo de búsqueda de Google.
   A diferencia de los inventos patentados o las novelas, protegidos por los derechos de autor, el titular de un secreto comercial como una fórmula, un proceso comercial, una receta o un concepto de mercadotecnia, no es el propietario de un derecho exclusivo sobre su creación. Por consiguiente, los competidores y otros terceros pueden descubrir, desarrollar y utilizar libremente el mismo modelo. Los secretos comerciales solo están jurídicamente protegidos en los casos en los que alguien ha obtenido información confidencial por medios ilegítimos (por ejemplo, mediante robo o soborno).

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