MADRID.- El Gobierno español aprobó el viernes el
anteproyecto de ley que permitirá conceder la nacionalidad española a
sefardíes descendientes de los judíos que fueron expulsados del país en
1492, bien acreditando su condición y tras llevar un mínimo de dos años
en España o, si el caso presenta circunstancias especiales, por carta de
naturaleza.
La norma, con la que se modifica el artículo 21 y 23 del Código
Civil y podría afectar a hasta tres millones de personas en todo el
mundo, permitirá mantener la doble nacionalidad a los sefardíes
residentes principalmente en Israel, Francia, Estados Unidos, Turquía,
México, Argentina o Chile.
Los interesados, que tienen dos años tras la aprobación de la
ley para solicitar la nacionalidad española, tendrán que acreditar ante
notario su condición de sefardí y su especial vinculación con la cultura
de Sefarad - España en hebreo -, dijo el Ministerio de Justicia tras el
Consejo de Ministros que dio luz verde a la norma.
Tras la toma de Granada de manos de los musulmanes en 1492, los Reyes Católicos ordenaron la conversión al catolicismo o la expulsión de España de mahometanos y judíos, muchos de los cuales siguieron manteniendo las costumbres y el idioma de su país de origen.
Para probar la condición de sefardí se podrá presentar desde un certificado expedido por la Secretaría General de la Federación de Comunidades Judías de España, así como un documento "elaborado por el presidente o cargo análogo de la comunidad judía de donde resida el solicitante o de la autoridad rabínica competente; o el idioma familiar, la partida de nacimiento o el certificado matrimonial que conste según las tradiciones de Castilla", añadió el texto del Ministerio.
Justicia valorará también haber realizado estudios de historia y cultura españolas o actividades benéficas.
Por su parte, para acreditar la especial vinculación con España tendrán que superar "una prueba de evaluación de conocimiento y la cultura españolas, que diseñará el Instituto Cervantes" a excepción de quienes procedan de un país donde el español sea idioma oficial.
Tras la toma de Granada de manos de los musulmanes en 1492, los Reyes Católicos ordenaron la conversión al catolicismo o la expulsión de España de mahometanos y judíos, muchos de los cuales siguieron manteniendo las costumbres y el idioma de su país de origen.
Para probar la condición de sefardí se podrá presentar desde un certificado expedido por la Secretaría General de la Federación de Comunidades Judías de España, así como un documento "elaborado por el presidente o cargo análogo de la comunidad judía de donde resida el solicitante o de la autoridad rabínica competente; o el idioma familiar, la partida de nacimiento o el certificado matrimonial que conste según las tradiciones de Castilla", añadió el texto del Ministerio.
Justicia valorará también haber realizado estudios de historia y cultura españolas o actividades benéficas.
Por su parte, para acreditar la especial vinculación con España tendrán que superar "una prueba de evaluación de conocimiento y la cultura españolas, que diseñará el Instituto Cervantes" a excepción de quienes procedan de un país donde el español sea idioma oficial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario