MONTEVIDEO.- Uruguay promulgó una normativa que establece la prohibición y la tenencia de
tierras para explotación agropecuaria a cualquier empresa en la que
tenga participación directa o indirecta algún Estado extranjero,
informaron fuentes oficiales.
La normativa, aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Parlamento
uruguayo, fue rubricada por el presidente José Mujica y los ministros
de Ganadería y Pesca, Tabaré Aguerre, de Relaciones Exteriores, Luis
Almagro, y Economía y Finanzas, Mario Bergara.
Según señaló la Presidencia de la República en un comunicado, la
normativa tiene como objetivo establecer como "interés general la
preservación y defensa de la plena soberanía del Estado uruguayo en
relación a los recursos naturales en general y en particular, la
tierra".
"El Poder Ejecutivo no podrá disponer que la titularidad de inmuebles
rurales y de explotaciones agropecuarias pueda ser ejercida por
sociedades anónimas o sociedades en comandita por acciones con capital
accionarial representando por acciones al portador, cuyos titulares
controladores sean entidades nacionales propiedad de estados extranjeros
o fondos soberanos de los mismo", precisa el texto de la ley.
El subsecretario del Ministerio de Ganadería, Enzo Benech, apuntó que
la ley implica mantener una coherencia con la política de concentración
de la tierra que defiende el Gobierno del presidente Mujica y recordó
"que hay mucha (tierra) en poder de extranjeros porque siempre fue un
tema muy discutido pero difícil de legislar".
En ese sentido, manifestó que el tamaño territorial de Uruguay y la
posición internacional que tenemos como productor de alimentos en un
mundo cada vez más demandante, "lleva a que muchos Estados se interesen
por nuestra tierra".
"Es una forma de legislar y dejar claramente establecido que en
Uruguay los estados extranjeros no pueden comprar tierra", dijo Benech,
quien acotó que, en caso de que a nuestro país le interese que un estado
invierta en la tierra, la misma ley prevé una cláusula de contemplación
a través de un pedido formal que debe ser estudiado.
Advirtió que la ley solo prohíbe la compra de tierra a estados
extranjeros, no a personas físicas o empresas extranjeras, y en caso de
ser sociedades anónimas deben poseer acciones nominativas "porque
queremos saber quien compra nuestras tierras", concluyó Benech.
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