BRUSELAS.- La Comisión Europea ha ordenado este miércoles a España que
recupere las ayudas fiscales concedidas a las grandes empresas
españolas por comprar compañías extranjeras gracias a un régimen fiscal
aprobado en 2012 por el Gobierno de Mariano Rajoy que tenía carácter
retroactivo. Bruselas considera que estas deducciones tributarias son
"incompatibles con las reglas de la UE" ya que conceden a las compañías
beneficiarias una "ventaja económica selectiva".
El Ejecutivo
comunitario ha denunciado además que las autoridades españolas no le
notificaron este nuevo régimen fiscal, pese a que estaban obligadas a
hacerlo.
La decisión de Bruselas no identifica a
las empresas que deben devolver ayudas ni tampoco cuantifica la cantidad
de subvenciones que tendrán que reembolsarse. Corresponde ahora a las
autoridades españolas establecer la lista de empresas que se han
beneficiado de este régimen y las ayudas que tienen que devolver.
"España
debe recuperar de los beneficiarios las ayudas incompatibles
percibidas. Son sumas que volverán al Estado español", ha explicado el
portavoz de Competencia, Antoine Colombani. "No puedo pronunciarme sobre
los beneficiarios y las sumas porque son las autoridades españolas las
que deben transmitir esta información", ha señalado.
En todo caso, el portavoz ha precisado que la medida cuestionada
permitía amortizar el fondo de comercio durante 20 años y "parte de
estas deducciones todavía no se han aplicado". Además, cuando Bruselas
abrió su investigación sobre este régimen en julio de 2013 ya ordenó a
España que suspendiera cualquier pago adicional.
El Ejecutivo
comunitario ya declaró ilegal en octubre de 2009 y en enero de 2011 la
versión original de este régimen y exigió la devolución de parte de las
ayudas. (las que se concedieron después del 21 de diciembre de 2007).
España se comprometió entonces a no aplicarlo a nuevos demandantes, pero
no suprimió las disposiciones porque algunas compañías podían seguir
beneficiándose.
Sin embargo, en marzo de 2012, el nuevo Gobierno de Mariano Rajoy adoptó
una nueva interpretación administrativa vinculante, que permite de
forma retroactiva deducciones fiscales no sólo para las adquisiciones
directas sino también para las adquisiciones indirectas.
Esta
interpretación se adoptó para la adquisición de la compañía telefónica
brasileña Vivo por parte de Telefónica. Precisamente, Telefónica ya se
había beneficiado de estas deducciones para la compra de la compañía
británica O2, aunque en este caso Bruselas decidió no solicitar la
devolución de las ayudas por motivos de seguridad jurídica.
Las
disposiciones españolas permitían la amortización del fondo de comercio
financiero (la diferencia entre el coste de las participaciones de una
empresa y el valor de mercado de sus activos) en la adquisición de
participaciones en empresas extranjeras, lo que según Bruselas representa una clara excepción del sistema fiscal
general español, puesto que permite la amortización del fondo de
comercio incluso cuando las compañías adquirientes y adquiridas no estén
unidas en una única entidad empresarial.
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