BRUSELAS.- El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) rechazó hoy que pueda
apelarse al secreto comercial o industrial para no divulgar información
sobre emisiones al medio ambiente, en especial sobre las repercusiones
de liberar un pesticida en el aire, el agua, el suelo o las plantas.
"La
protección del secreto comercial e industrial no puede invocarse frente
a la divulgación de tal información", sentenció la máxima instancia
judicial de la UE, con sede en Luxemburgo.
Greenpeace
y la red europa Pesticide Action Network (PAN) solicitaron a la
Comisión Europea documentos relativos a la primera autorización de
comercialización del glifosato, uno de los herbicidas más utilizados en
el mundo, pero el Ejecutivo comunitario sólo concedió el acceso a una
parte alegando que debía proteger información confidencial sobre
derechos de propiedad intelectual.
Estos datos hacían referencia a la composición química detallada de esta sustancia y su proceso de fabricación.
Al
mismo tiempo, una asociación para la protección de las abejas en
Holanda solicitó a la autoridad competente en ese país divulgar
documentos sobre autorizaciones de comercialización de productos
fitosanitarios y biocidas, pero la empresa Bayer, titular de gran número
de las mismas, se opuso alegando que vulneraría derechos de autor y la
confidencialidad industrial.
La
autoridad holandesa sólo autorizó la divulgación de menos de la mitad
de los documentos solicitados, que contenían información sobre emisiones
en el medio ambiente.
Tanto la asociación como Bayer impugnaron la resolución de la autoridad holandesa ante los tribunales.
Ambos
casos fueron elevados al Tribunal de Justicia comunitario, que hoy dio
precisiones sobre la interpretación de "emisiones en el medio ambiente" y
de "información sobre emisiones en el medio ambiente".
En
concreto, señaló que ese concepto no se distingue de los de
"liberación" y de "vertido" ni se limita a las emisiones procedentes de
instalaciones industriales, sino que incluye también las emisiones
resultantes de la pulverización de un producto, como un biocida, en el
aire, plantas, el agua o el suelo.
Así,
limitar la información al respecto iría contra el objetivo de las
normas comunitarias que piden que la divulgación de la información
medioambiental sea lo más amplia posible.
Por
otra parte, la corte anuló una sentencia anterior del Tribunal General
referida al caso de Greenpeace en la medida en que éste consideró que
basta con que una información se refiera "de modo suficientemente
directo" a emisiones al medio ambiente para estar comprendida en el
ámbito de aplicación del reglamento comunitario, y le pidió volver a
pronunciarse teniendo en cuenta las alegaciones.
El
portavoz de la Comisión Europea Enrico Brivio dijo en la rueda de
prensa diaria del Ejecutivo de la UE que estudiarán la sentencia, que es
"bastante compleja", por lo que hará falta "algún tiempo para
analizarla cuidadosamente".
La
vicepresidenta de los Verdes en la Eurocámara, Michèle Rivasi,
consideró en un comunicado que la sentencia "legitima la demanda de
acceso a los documentos" para conocer cómo la Autoridad Europea de
Seguridad de los Alimentos, "basándose en estudios no publicados, pudo
afirmar en noviembre de 2015 que el glifosato probablemente no es
cancerígeno", pesa a que el Centro Internacional de la Investigación
sobre el Cáncer cree que sí puede serlo.
La
directora de política alimentaria para Europa de Greenpeace, Franziska
Achterberg, incidió en que la sentencia obliga a los reguladores a
"revelar toda la investigación sobre los peligros de los pesticidas".
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