MADRID.- Según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el otrora
supervisor de la banca española ha modificado la Resolución del 11 de
diciembre de 1998 para poder suspender, limitar o excluir, por motivos
prudenciales, el acceso a las operaciones de mercado abierto del Banco
Central Europeo (BCE).
Las entidades de contrapartida son aquellas que están
sujetas al sistema de reservas mínimas obligatorias establecido por el
Eurosistema, son financieramente solventes y cumplen con los requisitos
operativos que los bancos centrales nacionales y, en su caso, el BCE,
establezcan.
Los efectos de la modificación de las cláusulas generales
aplicables a las operaciones de política monetaria del Banco de España
se aplicarán desde este viernes.
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