LIMA.- El Gobierno del presidente de Perú,
Martín Vizcarra, aprobó este lunes un decreto supremo que fija los
parámetros para la aplicación de la esperada norma antielusiva general
con la expectativa de alcanzar una recaudación tributaria anual de 6.000
millones de soles (unos 1.800 millones de dólares).
El decreto fue publicado en el diario oficial El Peruano con el objeto
de establecer los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la
nueva norma antielusiva, que busca a su vez otorgar a la Administración
Tributaria la facultad necesaria para combatir las conductas elusivas
que afectan el deber de la solidaridad y la capacidad contributiva.
Esta norma antielusiva, promovida por el Ejecutivo, aún
está pendiente de su aprobación en el Congreso y significa resolver
litigios por deudas tributarias por más de 3.000 millones de dólares.
El presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, declaró al
canal estatal TV Perú que la ley antielusiva "puede permitir que nuestro
país pueda recaudar entre 2.400 o quizá más de 6.000 millones de soles
(1.800 millones de dólares) por año para poder trabajar por los
peruanos".
El decreto publicado este lunes precisa
que la norma antielusiva puede ser aplicada en situaciones de baja o
escasa rentabilidad o que no se ajusten al valor de mercado, en
reorganizaciones o reestructuraciones empresariales o de negocios con
apariencia de poca sustancia económica.
Asimismo,
cuando hay empleo de figuras legales, empresariales, contratos o
esquemas no usuales que contribuyan al diferimiento de los ingresos o
rentas, o a la anticipación de gastos, costos o pérdidas, entre otros.
Además, la norma señala que los actos, situaciones o relaciones
económicas a realizarse en el marco de la planificación fiscal son los
que son propuestos por el gerente general o gerente financiero o quien
haga sus veces, a efectos de su aprobación por parte del Directorio.
Aclara que "no es responsable solidario, al amparo del numeral 13 del
artículo 16 del Código Tributario, el director que haya participado en
el acuerdo y que manifestó su disconformidad mediante acta o carta
notarial".
Las facultades de la autoridad tributaria se sujetan al marco legal y reglamentario, así como a la Constitución Política.
De igual forma, como parámetro de forma se establece que la aplicación
de la norma antielusiva se enmarca en un procedimiento de fiscalización
de carácter definitiva, previa opinión del Comité Revisor.
El ministro de Economía, Carlos Oliva, señaló en una nota de prensa que
"el solo hecho de tener una Ley Antielusiva cumple una función
preventiva porque desalentará el uso de este tipo de mecanismos".
"Así, el Perú se suma a otros países que ya cuentan con una Ley
Antielusiva General como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México y
Uruguay en la región; o como Alemania, Canadá, España, Estados Unidos,
Finlandia, Francia y Holanda, en otras zonas del mundo", agregó.
La norma contribuirá a mejorar la presión tributaria en Perú, que fue
de 13 % en 2017 y 14.1 % en 2018, debido a la informalidad,
principalmente de las micro, pequeñas y medianas empresas; y la elusión,
que ocurre como consecuencia del avance de la globalización de los
negocios, el comercio internacional, la economía digital y la
sofisticación de los instrumentos financieros, señaló el ministerio
peruano de Economía.
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